Los propietarios de viviendas declaradas ilegales recibirán indemnización previa al derribo

El Senado aprobó ayer un cambio normativo que permite que los dueños de inmuebles contra los que pese una orden judicial de demolición por construcción ilegal sean indemnizados antes de que se produzca el derribo. Hasta ahora, las familias que perdían su hogar podían tardar años en recibir una compensación económica.
Con esta modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los propietarios de viviendas que hayan sido declaradas ilegales no tendrán que esperar a que su casa sea demolida para recibir una indemnización, sino que la recibirán antes de que se produzca el derribo.
La nueva redacción de la ley, que fue aprobada ayer en el Senado, aclara que el juez o el tribunal encargado de ordenar la demolición "exigirá, como condición previa y salvo que una situación de peligro inminente lo impidiera, la prestación de garantías suficientes para responder del pago de las indemnizaciones debidas a terceros de buena fe".
El cambio normativo responde así al reclamo de las asociaciones de afectados, que tachaban de injusto que, además de perder su hogar, los propietarios no recibían compensación económica alguna hasta pasados varios años de la demolición.
Como publica la agencia EFE, "esta modificación se suma a otra incorporada ya en la reforma del Código Penal, para paralizar los derribos de viviendas ilegales en las zonas costeras hasta que los propietarios tengan asegurado el cobro de indemnizaciones".
Fuente: idealista

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