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Facua-Consumidores en Acción recomienda a las comunidades de propietarios que actúen contra los bancos y las inmobiliarias que mantienen deudas con las cuotas por los pisos de su propiedad. La asociación no solo habla de la denuncia pertinente ante la justicia sino además de establecer penalizaciones mensuales por cada mensualidad impagada ante estos morosos de “mala fe”.
La asociación de Consumidores denuncia las cantidades millonarias que la banca y las inmobiliarias adeudan a las comunidades de propietarios pese a que tienen la solvencia suficiente para estar al corriente de pago.
Las entidades financieras, sociedades inmobiliarias y entidades públicas de gestión debían 445,13 millones de euros a las comunidades de vecinos al cierre de 2014, según el último Estudio Global sobre la Morosidad publicado por el Observatorio de la Morosidad en Comunidades de Propietarios.
Los bancos mantienen estas viviendas vacías a la espera de una buena oferta de compra y, mientras tanto, dejan de pagar las cuotas con la comunidad de vecinos que les corresponden como propietarios de estos pisos procedentes de ejecuciones hipotecarias o daciones en pago.
Facua recuerda que se puede llevar a los bancos y sociedades inmobiliarias morosas a los tribunales sin coste alguno por aquellas reclamaciones menores de 2.000 euros, ya que no necesitan la presencia de abogados ni procurador. Además, desde el pasado mes de marzo las comunidades están exentas de pagar las tasas judiciales.
Pese a estas ventajas, la asociación también destaca que “los bancos e inmobiliarias se aprovechan de que la morosidad con las comunidades de propietarios es una irregularidad carente de control por parte de las administraciones públicas y que no implica otras sanción que pagar las cantidades adeudadas por parte de éstas, actuando así de mala fe”.

Penalizaciones por el impago de la cuota

Facua recomienda a las comunidades de propietarios que aprueben el establecimiento de penalizaciones mensuales por cada cuota impagada para repercutirlas a los propietarios morosos de mala fe en el juicio posterior.
Todas estas penalizaciones y las acciones jurídicas a tomar deberán quedar plasmadas en el acta de una reunión de la comunidad de propietarios donde se incluya la liquidación de la deuda y la autorización al presidente o administrador para reclamarlas judicialmente.
Posteriormente, el representante podrá acudir a los juzgados de lo civil para denunciar al propietario del inmueble, detallar el número de impagos y las cantidades adeudadas.
Fuente: idealista.

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