Llegan las multas a las viviendas sin certificado energético.

 Cuando a mediados de 2013, la ley estableció la obligatoriedad de que todas las viviendas que se vendieran o alquilaran debían contar con un certificado energético, los expertos ya advirtieron que no se generalizaría su solicitud hasta que llegaran las multas. Pues bien, ese momento ya está aquí. La gestión de este documento, que mide el grado de eficiencia energética de los inmuebles, depende de las comunidades autónomas y, por ello, es muy complicado obtener datos homogéneos de todas y cada una de ellas.

Sin embargo, la Comunidad de Madrid, una de las regiones donde se concentra la mayor actividad inmobiliaria del país, ha hecho públicos los datos de los expedientes sancionadores que ha abierto hasta ahora.
Durante 2014, primer ejercicio completo en el que estuvo en vigor esta nueva exigencia, se incoaron un total de 21 expedientes sancionadores, una cifra que se antoja francamente ínfima si se compara con el total de certificados energéticos expedidos, que sumaron 120.397 en dicho territorio, según las cifras a las que tuvo acceso CincoDías. Así, dichos procesos apenas representaron el 0,01% del total de documentos concedidos, si bien este resultado no quiere decir que sea consecuencia de que casi todos los certificados están correctamente elaborados. Como es lógico, la inspección ha arrancado hace relativamente poco tiempo y no ha llegado aún a buena parte del mercado.
De esos 21 expedientes, nueve de ellos se iniciaron por falsear la información que aparece en los certificados energéticos, ya que ésta no coincidía con los datos que constataron después los inspectores de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la comunidad. En otras nueve ocasiones, la inspección concluyó que el inmueble que pretendía arrendarse no contaba con el preceptivo certificado. Y en los tres procesos restantes, la inspección decidió actuar al comprobar que el técnico certificador que firmaba el documento no reunía los requisitos legalmente establecidos (la titulación habilitante) para poder realizar estos exámenes a las viviendas y edificios.
 
Fuente: cinco días.

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