¿Cuándo Hacienda puede reclamar la devolución de la deducción por compra de vivienda?



En algunos casos hacienda está exigiendo la devolución de las ayudas recibidas en un periodo determinado en concepto de deducción por compra de vivienda porque considera que el consumo de energía es tan bajo que esa casa no es la residencia habitual, sino una segunda residencia. el propietario tiene que demostrar que sí se trata de la vivienda habitual.

Cuando llega una carta de hacienda reclamando determinadas cantidades recibidas por la deducción por compra de vivienda, el dueño de la casa debe justificar legalmente que está en su derecho de disfrutar de estas deducciones. recordamos que desde el 1 de enero de 2013 quien comprara una casa ya no podía disfrutar de esta ventaja fiscal. en 2012 el número el número de contribuyentes con deducción por vivienda bajó a 5,4 millones.

A continuación mostramos varias razones recogidas por el confidencial por las que hacienda puede exigir la devolución de las ayudas en un periodo de tiempo determinado:

1.- Hacienda considera que se trata de una segunda residencia y no de una vivienda habitual: a través del consumo de electricidad y gas hacienda puede considerar que si hay un consumo por debajo de la media, se trata de una segunda residencia. lo que no tiene en cuenta es si el propietario ha sido desplazado a otro lugar de trabajo temporalmente o si ha tenido que emigrar. en estos casos, el dueño debe justificar que es su vivienda habitual, a través de documentos del colegio de los niños, del empadronamiento, del centro de salud al que se acude, etc.

2.- Cuando la vivienda se vende antes de que pasen tres años tras la compra: una de las condiciones para recibir esta ayuda fiscal es ocupar la casa durante, al menos tres años. si no es así, el contribuyente debe devolver las cantidades desgravadas, incluida la cuenta de ahorro vivienda.

hay circunstancias que justifican el cambio de casa, como la celebración de matrimonio, la separación matrimonial, el traslado laboral o cambio de empleo.

3.- Hay que habitar la vivienda durante el primer año de la compra: debe habitarla con carácter efectivo y permanente, en un plazo no superior a doce meses desde la adquisición, para no perder la deducción.

4.- Vivir en la casa más de la mitad de cada año

5.- En caso de tener cuenta vivienda, hay que comprar casa en cuatro años: si no se adquiere en cuatro años desde la apertura de la cuenta vivienda, hay que restituir las deducciones practicadas.

6.- Autoconstrucción de vivienda: en este caso el propietario cuenta con un plazo de cuatro años para levantar la casa. si no se cumple el plazo, deberá devolver las ayudas recibidas.

Fuente: el confidencial.

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